Dos años y medio para Ortega Cano por homicidio imprudente
La sentencia anula la alcoholemia en la que el torero daba positivo por el triple de lo permitido
El torero José Ortega Cano fue condenado ayer a dos años y medio de cárcel por homicidio imprudente por un accidente de tráfico en el que murió una persona, aunque la juez anuló la prueba que le detectó una alcoholemia triple de la autorizada, por haberse roto la cadena de custodia de la sangre. El abogado defensor de Ortega Cano, que confió ayer en que su cliente no acabe ingresando en prisión, anunció que recurrirá la resolución judicial, al igual que harán los letrados de la víctima, Carlos Parra, que reclaman que se amplíe la condena por conducción bajo los efectos del alcohol.
La sentencia del juzgado penal 6 de Sevilla anula la prueba que detectó en Ortega Cano una alcoholemia de 1,26 gramos de alcohol por litro de sangre, el triple de la autorizada, porque se rompió la cadena de custodia de las muestras en el hospital Virgen Macarena de Sevilla, donde quedó ingresado en estado grave.
La juez considera demostrado que sobre las 22.30 horas del 28 de mayo del 2011 Ortega Cano circulaba a 125 kilómetros por hora, velocidad 'muy superior' a la autorizada en la carretera A-8002 entre Sevilla y Castilblanco de los Arroyos, invadió el carril contrario 60 metros y colisionó con un vehículo que circulaba correctamente, cuyo conductor falleció en el acto.
La sentencia concede credibilidad a los cuatro profesionales de emergencias que atendieron al torero y no le apreciaron 'ningún signo externo de embriaguez': el bombero que le sacó de su todoterreno, el médico de la ambulancia, el médico del Centro de Salud de Castilblanco de los Arroyos (Sevilla) y el intensivista que le hizo la historia clínica a su ingreso en Urgencias. Frente a ellos, un camarero que dijo que Ortega Cano 'no se tenía en pie' sólo hizo una apreciación subjetiva sin ninguna corroboración objetiva, como haberle visto beber, y el dueño del último bar donde paró el acusado desmintió en el juicio su supuesta afirmación de que llevaba 'una cogorza como un mulo'.
La juez concluye que Ortega Cano incurrió en delitos de homicidio por imprudencia grave y contra la seguridad vial en un accidente que pudo deberse a que se quedó dormido o a una desatención.
Ortega Cano es así condenado a dos años, seis meses y un día de prisión, a tres años y medio de privación del derecho a conducir vehículos, que equivale a su pérdida, y a que indemnice con 119.731 euros a la viuda del fallecido, con 19.955 euros a cada uno de sus dos hijos y con 9.977 euros a su madre.
El abogado de Ortega, Enrique Trebolle, dijo a los periodistas que, una vez anulada la prueba de alcoholemia, confía en lograr la absolución en su recurso ante la Audiencia de Sevilla. Relató además que nada más conocer el fallo llamó por teléfono a su cliente, que reaccionó de manera 'quieta, reflexiva, con aceptación de los hechos y confianza en sus abogados'.
Sobre la posibilidad de que el torero ingrese en prisión, al haber sido condenado a más de dos años, reconocido que el riesgo existe, aunque 'un poco menos ahora que se ha quitado lo más importante', la conducción bajo los efectos del alcohol.
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