El Supremo suspende cautelarmente el traspaso al País Vasco de la homologación de títulos extranjeros

El Gobierno Vasco espera que la suspensión del traspaso de homologación de títulos extranjeros no afecte a 200 solicitantes

En la imagen manifestantes agrupados bajo la denominación de  Manifestación por la Homologación Justa, que vienen expresando su malestar en las calles de las principales ciudades españolas en los últimos tres meses
En la imagen manifestantes agrupados bajo la denominación de Manifestación por la Homologación Justa, que vienen expresando su malestar en las calles de las principales ciudades españolas en los últimos tres meses

El Tribunal Supremo ha suspendido cautelarmente la vigencia del Real Decreto 366/2024, aprobado el pasado 9 de abril. Este decreto transfería a la comunidad autónoma del País Vasco las funciones y servicios relacionados con la homologación y declaración de equivalencia de títulos obtenidos en sistemas de educación superior extranjeros, equiparándolos a títulos universitarios oficiales españoles.

La suspensión cautelar responde a la solicitud planteada por diversos colegios profesionales mientras se resuelven los recursos presentados contra dicho Real Decreto. El Tribunal Supremo ha explicado que esta suspensión no debe impedir la tramitación y resolución de los recursos dentro del presente año. Si la sentencia final es desestimatoria, no se verá excesivamente obstaculizado el ejercicio de las funciones traspasadas. En caso contrario, si la sentencia es estimatoria, se evitará la adopción de decisiones que no corresponderían a la comunidad autónoma.

La Sala ha subrayado que la creciente variedad de titulaciones y la extraordinaria movilidad actual, donde cada vez más españoles estudian en el extranjero y más extranjeros buscan homologar sus títulos en España, requieren extremar todas las cautelas. Es fundamental asegurar pautas homogéneas en la aplicación de las disposiciones generales vigentes.

El tribunal también ha destacado la importancia de garantizar una actuación homogénea en toda España en esta materia, ya que afecta tanto al ámbito educativo como al ejercicio de profesiones que requieren una titulación universitaria específica. La prudencia es esencial para prevenir la disparidad de criterios, que podría acentuarse si se suma otra administración actuante.

El alto tribunal ha aclarado que la suspensión cautelar no implica presumir una actuación indebida de la Administración vasca ni de la Administración General del Estado. La medida responde a criterios de interés público, sin que se haya apreciado una apariencia de buen derecho contra el Real Decreto.

Sobre la decisión del Supremo, el Gobierno vasco espera que la suspensión no afecte a 200 solicitantes que quierem "desarrollarse profesionalmente" en la comunidad.

Fuentes del Gobierno Vasco han explicado que, en estos momentos, en Euskadi hay registradas 200 solicitudes para la homologación de títulos universitarios extranjeros. "Nuestra prioridad es que esa decisión de suspensión cautelar no paralice los proyectos de estas 200 personas que quieren desarrollarse profesionalmente Euskadi", ha subrayado.

Según ha indicado, se trata de "una competencia contemplada en el Estatuto" y que está "legalmente asumida por las instituciones vascas". Además, considera que los criterios que ofrece el Supremo para la suspensión cautelar no son "los más adecuados para resolver un tema de distribución competencial". Por ello, el Ejecutivo se inclina "porque se aplique el bloque de constitucionalidad y lo haga el Tribunal Constitucional".

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