Test Fernando
Chiclana/ Como autónomo, el tipo de retención de IRPF que aplicas en tus facturas no se incrementa automáticamente por decisión propia, sino que está regulado. Las retenciones de IRPF para autónomos son las siguientes:
- - **Generalmente**: 15% del total de la base imponible.
- - **Autónomos de nuevo inicio (primeros 3 años)**: 7%, siempre que sea la primera vez que se ejerza la actividad.
Este porcentaje de retención se aplica a las facturas emitidas a empresas o profesionales, pero no a particulares, ya que en esos casos no se retiene IRPF en la factura.
### ¿Conviene aumentar la retención de IRPF?
Subir el porcentaje de retención **no es opcional** en principio, pero si por cualquier motivo el autónomo decide anticipar más a Hacienda, tendría que hacerlo a través de pagos fraccionados y no incrementando el porcentaje de retención de sus facturas.
Desde un punto de vista de tesorería, **aumentar la retención no suele ser conveniente**, ya que implicaría que anticipas más dinero del que debes a Hacienda. Esto podría reducir tu flujo de efectivo disponible en el momento, aunque pueda reflejarse en una menor cantidad a pagar en la declaración anual. Sin embargo, el objetivo general es retener lo justo para no afectar la liquidez del negocio.
En resumen, la normativa establece los tipos de retención aplicables y, generalmente, no es beneficioso alterar el flujo de caja mediante un incremento voluntario de IRPF.
Para más detalles sobre el IRPF de autónomos y retenciones, puedes consultar la [sección de retenciones e ingresos a cuenta en la web de la Agencia Tributaria](https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/empresas/impuestos-sobre-renta/no-residentes.html).
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